Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano EDIXON JAVIER VALERA LOPEZ, plenamente identificado al comienzo del presente fallo, a cumplir la pena de Presidio por el tiempo de NUEVE (09) AÑOS, y sus penas accesorias, como autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana LILISBETH DEL VALLE ALMEIDA MOGOLLON, por lo que dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal se fija como fecha provisional de cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta el día 02 de Noviembre de 2014, pena ésta que dará cumplimiento el condenado en las condiciones que determine el Tribunal de Ejecución a quien por distribución corresponda. Se mantiene asimismo la medida.....