DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: Se DECRETA la aprehensión del ciudadano ARNALDO JOSE GALEANO PALMA, titular de la Cédula de Identidad N° 22.314.024, como FLAGRANTE; Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO y Decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248, 250, 251 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Diarícese y déjese copia de la presente decisión.
La Juez de Control Nº 6
Abg. Gloria Sofía Fuenmayor González
La Secretaria
Abg. Diosa Rivas