DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3ro del Código Penal, seguida contra del ciudadano Jorge Luis López, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 17.611.863, mayor de edad, natural de san Felipe estado Yaracuy, nacido en fecha 06-04-1985, con residencia en la urbanización las acequias, edificio los Modelos B apartamento 17 Cocorote, Estado Yaracuy, y residenciado actualmente en la Urbanización La 50, apartamento 01-03, ciudad de Cabimas, estado Zulia, por la comisión del delito de Ultraje contra persona investida de autoridad pública,