En razón a todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 06 administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: Visto que el ciudadano Sergio Xavier Riera López, titular de la cédula de identidad N! 18.053.373 demostró ser el propietario del vehículo cuyas características son MARCA: CHEVROLET; CLASE: AUTOMOVIL; MODELO: CHEVETTE; TIPO: COUPE; AÑO: 1985; COLOR: VINO TINTO; PLACAS: XCM-610; SERIAL DE CARROCERIA: 5C115FV205746; SERIAL DE MOTOR: 5FV205746; USO: PARTICULAR, mediante documento autentico por ante la Notaria Pública Primera del Municipio Autónomo de Puerto cabello del Estado Carabobo, de fecha 08-05-2006, anotado bajo el número 79, Tomo 42 de los Libros de Autenticaciones que lleva la notaria, se acuerda la entrega en CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo antes identificados al ciudadano Sergio Xavier Riera López, titular de la cédula de identidad N! 18.053.373, no pudiendo realizar ningún tipo de uso o negociación c.....