Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda lo siguiente:
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente este Tribunal de Control N°1 acuerda imponer al adolescente encartado: Alfredo Jose López García la medida cautelar contenida en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que consiste en la privación de libertad para asegurar la comparencia del encartado a la audiencia preliminar por estar llenos los extremos del artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, con la finalidad de asegurar las resultas del proceso penal, al considerarlo presunto autor del delito de Robo Agravado previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio Luís Alfredo Rivas Urbina.
2. Se ordeno la continuación de la presente investigación a través de las reglas del procedimiento ordinario requerido por el Ministe.....