Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 09 de Julio de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se revoca el auto apelado en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se ordena al Tribunal de la causa, continuar el juicio en el estado procesal en que se encuentre, vale decir la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y oral de juicio, con ocasión de la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por los ciudadan.....