Por las razones expuestas este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso Ordinario de Apelación, ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 18 de Febrero de 2008, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE REVOCA la recurrida sentencia en los términos expresados en la parte motivacional del presente fallo y, en consecuencia, de declara "CON LUGAR" la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada en el presente asunto por el ciudadano HECTOR DAVID PEREZ GONZALEZ, contra la empresa "C.A. AGROPECUARIA HACIENDA EL ZINC", ambas partes plenamente identificadas en autos. ASI SE DECIDE.....