Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora recurrente, ciudadana H VERÓNICA VITANZA, contra la decisión de fecha 17 de junio de 2014, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE MODIFICA" la recurrida decisión de acuerdo a los términos expresados en la parte motivacional del presente fallo con todos los efectos que de ello derivan, y, en tal sentido, se declara CON LUGAR el presente Recurso de Nulidad interpuesto por la ciudadana Verónica Vitanza, contra la Providencia Administrativa N° 050/2007, dictada por la Inspectoría del Trabajo del.....