Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 13 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE REVOCA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y beneficios laborales, interpuesta por los ciudadanos PEDRO HERNANDEZ, GERMAN YEPEZ, MANUEL MARTINEZ y OTROS, contra las empresas MOLINOS DE VENEZUELA, C.A. (MOLVENCA), TRANSPORTE PAFF, C.A, TRANSPORTE PACCOR, C.A. y REPRESENTACIONES ALEROS, S.R.L., todos plen.....