Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación, ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 17 de Junio de 2008 emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Se revoca la recurrida actuación y, consecuencia, se declara la nulidad de la misma en todas y cada una de sus partes, ordenando al Tribunal de la causa, reponer la causa al estado de celebración de la Audiencia Preliminar, todo en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, tienen incoada los ciudadanos BACILIA RAMONA COLMENAREZ, LESBIA BEA.....