Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia de fecha 19 de junio de 2008, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara "CON LUGAR" la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo incoada en el presente asunto por el ciudadano PABLO GREGORIO SERRANO VARGAS, contra la empresa "TRANSPORTE FREISOFRAN", C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: S.....