Por todos los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha diez (10) de Junio de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la recurrida sentencia en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada en el presente asunto por los ciudadanos LUIS FIORE, ASDRUBAL ALEXANDER MARCHAN, GIOVANNI PEREZ, DEIVIS VLADIMIR PEREZ RODRIGUEZ, JOSE CLARENCIO PEREZ, LUIS RODRIGUEZ, CARLOS EDUARDO SI.....