Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 08 de agosto de 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se confirma la recurrida actuación en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se NIEGA la solicitud de nulidad del acuerdo de pago celebrado entre las partes el día 13 de julio de 2007 y, como consecuencia de ello, se NIEGA también la reposición de la causa que, como consecuencia de ello, ha propuesto la parte demandada. Todo en el juicio que por cobro .....