Se publica sentencia mediante la cual se declara: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte querellante, contra la decisión de fecha 24 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.. SE CONFIRMA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO CUARO, contra la empresa INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA, C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos.- De conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condenatoria en costas.