Tal como estaba prevista la realizacion de la audiencia preliminar prevista para el dia de hoy la cual no se realizo por que al verificar la asistencia por parte del tribunal constato la incomparecencia de la parte demandada y `por ser esta un organo del poder publico municipal que goza de privilegios procesales su incomparecencia se entiende como una negativa a conciliarque no acarrea la admision de los hechos ,es por lo que este tribunal remite este expediente a los tribunales de juicio de este circuito laboral para que el juez o jueza de juicio decidan lo que crean partinente. Asi se Decide.