Por cuanto se desprende que no se ha agotado el debate conciliatorio entre las partes, de mutuo y común solicitan al Tribunal, la Suspensión del presente procedimiento, hasta el día 25 de febrero de 2006. El Tribunal, vista la solicitud formulada por las partes, la cual no es contraria a derecho, acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia se ordena la Suspensión del presente procedimiento, a partir de la presente fecha hasta el día 25 de febrero de 2007, con la advertencia que se reiniciara el día 26 de febrero de 2007, a las 10:00 AM.-