DISPOSITIVA
En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YEZZIKA ELIZABETH FUENTES ya identificada en autos, en contra de la entidad de trabajo UNIDAD EDUCATIVA ARISTIDES BASTIDAS.
SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo UNIDAD EDUCATIVA ARISTIDES BASTIDAS, que pague a la ciudadana YEZZIKA ELIZABETH FUENTES, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.061.290, la cantidad de OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. F. 8.373,05.), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal, y la cual se ordena a los fines de determinar: La indexación sobre las cantidades condenadas a pagar.....