Este juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, una vez actualizado como fueron los montos condenados y verificado dicho computo; considera ajustado a derecho el informe pericial de actualización presentado por las experto contables, quedando el monto indexado a pagar por la parte demandada Municipio Bruzual. a la parte demandante Cesar Vitanza, en QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES DIGITALES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (BS.D. 534.217,62). Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley del Poder Público Municipal por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena notificar mediante oficio al Sindico Procurador del Municipio Bruzual y mediante Boleta al Alcalde del Municipio Bruzual, con copia certificada de la presente decisión. Por cuanto la dirección de la sede de la Alcaldía y del Sindico Procurador, se.....