Con base en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, LA ACCIÓN INTENTADA, por ADMISION DE LOS HECHOS y conforme a esa confesión se condena, a la firma personal, PANADERIA PASTELERIA Y CHARCUTERIA EL GRAN SAMAN DE BORAURE BALLAN BALLAM BASAM, al pago de los siguientes conceptos y montos:
En consecuencia de todo lo anterior, se condena a la firma personal PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA EL GRAN SAMAN DE BORAURE BALLAM BALLAM BASAM; al pago de prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades e indemnización por terminación de la relación de trabajo la cantidad de: SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 68.507,92).
NOVENO: Se ordena a la parte demandada a la cancelación correspondiente a los Intereses Moratorios y la Indexación de la prestación d.....