Visto que para el día de hoy Martes Siete (07) de Julio del corriente año, a las Once de la mañana (11:00 AM), estaba fijada la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada en la presente causa y debido a que en la referida fecha y hora esta fijada la Celebración de otra Audiencia Preliminar en el asunto signado con el N. UP11-L-2009-000258, lo cual imposibilitaba a la ciudadana Juez presidir dicho acto. En consecuencia, quien Juzga, acuerda Reprogramar la Celebración de dicha Audiencia Preliminar Prolongada y a tal efecto se fija para el día MIERCOLES VEINTIDOS (22) DE JULIO DE 2009, a las DOS DE LA TARDE (2:00 PM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.