Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la Suspensión de la Audiencia Preliminar Reprogramada. En consecuencia este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado. Ahora bien, quien Juzga considerando la Suspensión solicitada por las partes, por consiguiente acuerda SUSPENDER la Celebración de dicha Audiencia Preliminar Reprogramada hasta el día MIERCOLES 25-11-2009, y a tal efecto se fija la Celebración de dicha Audiencia Preliminar Suspendida para el día JUEVES 26-11-2009, a las 02:00 PM. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Se SUSPENDE esta Audiencia para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores. Se ordena practicar la Certificación de dicho Poder y a tal efect.....