Visto que para el día de hoy, miércoles (18) de Febrero de 2009, a las diez de la mañana (10:00 am), estaba prevista la Audiencia Preliminar en la presente causa y por cuanto por asuntos preferentes del Tribunal la Ciudadana Juez del Despacho no puede presidirla. Este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR ésta Audiencia Preliminar, en consecuencia, se fija el día, JUEVES CINCO (05) DE MARZO DE 2009, A LAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 M), la oportunidad para su celebración No se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el articulo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-