En consecuencia, se ordena al actor ciudadano: CARLOS ENRIQUE HERNANDEZ SANCHEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.580.422, para que corrija el escrito libelar, dentro del lapso de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que conste en autos la notificación ordenada; caso contrario, se decretará la Perención de conformidad con los artículos 124 y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.