Visto que para el día de hoy Veinticinco (25) De Septiembre De 2009, a las 12:00 M, estaba prevista la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa UP11-L-2009-000188, y por cuanto por asuntos propios del Tribunal la Ciudadana Juez del Despacho no puede presidir dicho acto. Este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR ésta Audiencia Preliminar, en consecuencia, se fija el día MARTES TRECE (13) DE OCTUBRE DE 2009, A LAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 AM), la oportunidad para su celebración. No se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el articulo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-