Vista la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la celebraciòn de la audiencia preliminar fijada para el dia de hoy, este Tribunal declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, a tenor de lo establecido en el artículo130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.