En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA la Celebración de dicha Audiencia Preliminar y a tal efecto se fija para el día LUNES 20-04-2009, a las10:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado esta Sentenciadora deja constancia que los Apoderados Judiciales de la Actora, consignaron escrito de promoción de pruebas y Medios Probatorios constante de Cuatro (04) folios útiles, con Ciento Veinticinco (125) anexos marcados con las letras: "A","B,"C", "D1" a la "D31", "E" y "F". Así mismo, esta Juzgadora deja constancia que la Sindico Procurador Municipal y el Apoderado Judicial del Municipio Demandado, consignaron escrito de promoción de pruebas.....