Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:CON LUGAR la defensa de FALTA DE CUALIDAD. En consecuencia se declara SIN LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. No hay condenatoria en costas.Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la Ley.