Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la accion por DERECHO DE JUBILACIÓN, interpuesta por los ciudadanos NESTOR GUEDEZ, OSCAR ASUAJE, DILVIA JIMENEZ, MAGALIS MORA, GENE SOSA, ELIAZAR BENCOMO, MARCO FIGUEROA, RAFAEL SUAREZ Y BETY CASTILLO contra CANTV, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: En cuanto a las pretensiones por DERECHO DE JUBILACIÓN reclamadas por los Actores este Tribunal considera inoficioso cualquier pronunciamiento por cuanto ha sido declarada prescrita la presente acción.
TERCERO: No se condena en costas.
CUARTO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la Ley.