esta Corte de Apelaciones Sección Responsabilidad del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, la Acción de Amparo contra omisión de pronunciamiento, dirigido contra el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 2 de la Sección Especializada de Adolescente a cargo de la Jueza Titular Abg. María Corona Ramírez, propuesta por el Abogado ANTONIO JOSE RODRIGUEZ, al no haberse constatado la omisión de pronunciamiento denunciada y así se declara.