En torno a las consideraciones jurídicas expuestas de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario vinculada con los postulados del artículo 305 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; decide:
PRIMERO: Se acuerda iniciar de OFICIO SUSTANCIACIÓN DE LA MEDIDA AUTÓNOMA -sin juicio-; en virtud del escrito presentado por el ciudadano JUAN CARLOS DEVIEZ BARRADAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-15.767.873, en su condición de Coordinador Regional del Fondo para el Desarrollo Agrario Socialista (FONDAS) Yaracuy, debidamente asistido por el abogado Oracio de Jesús Zerpa Rojas, titular de la cédula de identidad número V-8.042.423 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.553.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del ciudadano OMAR ANTONIO GAMEZ, titular de la cédula de identidad .....