Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se ACEPTA la competencia que le fue declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se ANULA el auto posterior a la declaratoria de incompetencia sobrevenida de fecha (16-09-2011), cursante a los folios 372 y 373 de la segunda pieza del presente expediente.
TERCERO: Se ACUERDA proveer los pronunciamientos relativos a la -oposición y la apelación- en auto por separado.