Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación intentado por el abogado RAFAEL ALFREDO PUERTAS MOGOLLÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.419, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos CRUZ ELENA MOGOLLÓN DE PUERTAS, HELEN PATRICIA PUERTAS MOGOLLÓN, CARMEN CECILIA PUERTAS MOGOLLÓN, BELKIS SUSANA PUERTAS MOGOLLÓN, MARÍA CAROLINA PUERTAS MOGOLLÓN, JESSICA ELENA PUERTAS MOGOLLÓN, y JULIO ALEJANDRO PUERTAS MOGOLLÓN, antes identificados, contra el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial, en fecha (23-02-2016).
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 02 de marzo de 2016, proferido por el tribunal de la causa, conforme al.....