Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Anulación, ejercido conjuntamente con solicitud de "(...) medida cautelar innominada con portada en la suspensión de los efectos del acto administrativo (...)", intentado por el ciudadano ANDRÉS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.835.039, asistido por el abogado Gregorio Gilberto Corona Ramírez, titular de la cédula de identidad número V-7.908.216, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el número 86.472, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria de Inadmisibilidad como antecede, no se analizará ningún otro requisito previsto en la Ley de Tierras y Desarrollo Ag.....