Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción por Daños y Perjuicios intentada por el ciudadano RAFAEL ÁNGEL ALEJOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-4.122.592, representado por el abogado ASTERIO ANTONIO GALINDEZ FIGUEREDO, inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el Número 120.910; en contra de la Sociedad Mercantil "INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA C.A", representada por INDEPABIS y la C.V.A. Azúcar S.A. como miembros de la Junta Temporal Administradora
SEGUNDO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.