Vista la diligencia de recusación, de fecha trece (13) de octubre de 2021, suscrita y presentada por la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.965.244, asistida por la abogada en ejercicio ZAFIRO NAVAS, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.555, mediante el cual recusa a la funcionaria ABOG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE, venezolana, mayor de edad, identificada con la cedula de identidad numero V-17.918.515 en su condición de JUEZA DEL JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. En consecuencia, este tribunal con el objeto de tramitar la incidencia, ordena aperturar cuaderno separado el cual se encabezara con copia certificada del presente auto, para su adecuado manejo, haciendo del conocimiento de las partes que queda abierto de pleno derecho.