Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad Número V-16.110.232, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 114.643, actuando en su Carácter de Defensor Público Tercero en Materia Agraria, adscrito a la Defensa Pública del estado Yaracuy, en representación del ciudadano RAMON ALEJANDRO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-2.569.680, domiciliado en el barrio la Ceibita, Calle principal las Madres, Municipio Independencia del estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se ORDENA la notificación de la JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY;.....