Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el incoada por los ciudadanos DILIA DALIA APÒSTOL MONTILLA y JOSÈ GREGORIO SUÀREZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédulas de identidad Nros. V-12.285.505 y V-12.277.135 respectivamente, representados en este acto por el abogado FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.624, en su carácter de Defensor Público Tercero (3ro) en Materia Agraria del estado Yaracuy, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados, en consecuencia se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de los ciudadanos DILIA DALIA APÒSTOL MONTILLA y JOSÈ GREGORIO SUÀREZ MENDEZ, venezolanos, mayores de ed.....