Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO formulada por la ciudadana NOLYI ESCALI LOBO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.954.091, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado EVENCIO MORA MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.715, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados. En consecuencia, se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana NOLYI ESCALI LOBO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.954.091, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado EVENCIO MORA MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.715, sobre las bienhechurías que a decir los t.....