DISPOSITIVA
Por las anteriores consideraciones este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA EXTINCIÓN del presente juicio por ACCION POSESORIA POR PERTURBACION Y DAÑOS AL CULTIVO interpuesta por el ciudadano JOSE FLORENTINO BASORA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número V-7.473.272, representado por el Defensor Publico en materia Agraria abogado OSMONDY CASTILLO SANCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 56.246, en contra del ciudadano MARIO MUJICA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número V-3.913.689, a tenor de lo dispuesto en el artículo 223 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con la parte in fine del artículo 187 ejusdem. Y así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud a.....