DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer, sustanciar y decidir la presente acción RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, incoada por la ciudadana DIGNA ARABELY RAMIREZ YAJURE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.594.133, actuando en representación del ciudadano YOVANNY JOSE MORENO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-16.594.700 en contra de la ciudadana CARMEN ELENA HERNANDEZ SILVA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número V-7.515.629. Y así se decide.
SEGUNDO: En razón del particular anterior, se ordena remitir mediante oficio el presente expediente en Original a la Sala Plena del Tribunal Suprem.....