Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Cuestiones Previas contenidas en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, establecido en el ordinal 2° del artículo 340 ejusdem, opuesta por los abogados MANUEL ALBERTO GALINDEZ MUJICA y ALBERTO JOSÉ RODRÍGUEZ LOZADA, inscritos en el IPSA bajo el Nº 1.367 y 67.338 respectivamente, apoderados Judiciales del los ciudadanos REINA COROMOTO MONTERO y JOSÉ DAVID VIEZ, demandados en el presente juicio. Y así se decide.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la Cuestiones Previas contenidas en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los abogados MANUEL ALBERTO GALINDEZ MUJICA y ALBERTO JOSÉ RODRÍGUEZ LOZADA, inscritos en el IPSA bajo el Nº 1.367 .....