Vista las cosas en este estado quien aquí juzga considera precedente pronunciarse en los siguientes términos:
PRIMERO: La suspensión de este juicio hasta tanto se acredite la conclusión de la causa Fiscal Nº 22F4-496-2010 1-498722 sustanciada por la Fiscalía IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, aperturada por la referida Fiscalía del Ministerio Público
SEGUNDO: Se ordena fijar una nueva oportunidad a los fines de celebrar la audiencia oral en el presente juicio toda vez que conste en auto la conclusión en el juicio penal pendiente.