-III-
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio por ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN A LA POSESION AGRARIA, incoada por el Defensor Publico Primero Agrario del estado Yaracuy OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ, actuando en su condición de representante judicial de los ciudadanos FRANCISCO RODRIGUEZ JAUREGUI y FRANCISCO RODRIGUEZ CORDIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.491.154 y V-18.759.040 respetivamente en contra del ciudadano JOSE LEOPOLDO QUIROZ MUJICA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-5.459.124; a tenor de lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil. Y.....