DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Titulo Supletorio formulada por el ciudadano JOSÉ ERNESTO PAREDES PADILLA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-15.447.981, asistido por el abogado RAFAÉL ENRIQUE GARCÍA ANGULO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.863, por existir razones suficientes, que durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se observó la ocupación y existencia de unas bienhechurias de vocación agrícolas y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados, en consecuencia DECRETA:
PRIMERO: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano JOSÉ ERNESTO PAREDES PADILLA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-15.447.9.....