Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO formulada por el ciudadano VICTOR MAGDALENO PERALTA, venezolano, mayor de edad, portador de las cédula de identidad Nº V-3.913.913, asistido en este acto por el abogado por el abogado DIXON ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.215, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados. En consecuencia, se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano VICTOR MAGDALENO PERALTA, venezolano, mayor de edad, portador de las cédula de identidad Nº V-3.913.913, sobre las bienhechurías que a decir los testigos se encuentran en un lote de terreno ubicado en la Avenida Intercomunal Marín Albarico, Sector El Pauji, municipio.....