D I S P O S I T I V O
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la oposición presentada por el Abogado JUAN CALOS ROSALES, Inpreabogado bajo el N° 102.418, asistiendo en este acto a la ciudadana ISBELY LINAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.434.023.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior. SE SUSPENDE LA EJECUCIÓN de la sentencia definitivamente firme dictada en la presente causa de fecha 28 de julio de 2009, hasta tanto las partes activen la vía contenciosa especial de la materia, para asi dilucidar la legalidad del acto administrativo presentado.
TERCERO: Se ordena las notificaciones de las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se condena en costas a la parte perdidosa en la presente causa, todo esto de conformidad con el artículo 284 de Código de Procedimiento Civil
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