DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por el ciudadano LUIS VARGAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.583.864, domiciliado en el Sector Primero de Julio del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, debidamente asistido por el Abogado OSMONDY CASTILLO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.674.454, inscrito en el IPSA bajo el Nº 56.246, actuando con el carácter de Defensor Público Primero en Materia Agraria, Adscrito a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todo.....