Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, 10 días del mes de Octubre de 2012. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
ABG. ILEANA NOHEMÍ ROJAS ROJAS
LA JUEZA
ABG. ALFREDO PEREZ SANDOVAL
EL SECRETARIO SUPLENTE
En la misma fecha, siendo las diez horas y veinticinco minutos de la mañana (10:25 a.m.), previo el anuncio de Ley a las puertas del Despacho, se dictó y publicó el fallo que precede, quedando anotado bajo el Nº 440. Se expidió la copia certificada ordenada y se archivó en el copiador de la sentencia de este Juzgado, librando los oficios.
ABG. ALFREDO PEREZ SANDOVAL
EL SECRETARIO SUPLENTE
INRR/APS/nageli.....