DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de conformidad con los artículos 26 y, 49 ord. 1,3 y 8, de nuestra carta magna; art. 15, 206 y, 211 del Código de Procedimiento Civil y, art. 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: PRIMERO: Deja sin efecto jurídico alguno, las actuaciones efectuadas en el presente proceso a partir del auto de admisión de pruebas, de fecha 13 de Mayo del 2011, tal y como lo expresa la decisión del Juzgado Superior Agrario. SEGUNDO: Anula los autos emitidos por este despacho en fecha 18 de Julio del presente año, donde fija un lapso de cinco (05) días de despacho para que las partes promuevan las pruebas necesarias para sustanciar el proceso y, el auto de fecha 26 de Julio del presente año, donde admite las pruebas de las partes prese.....