DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por el ciudadano José Luís Silva, titular de la cédula de identidad N° V-4.450.592, domiciliado en el Sector Oruje del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, representado por la Abogada ADIBY CHERIFE ABDEL LÓPEZ, en su carácter de Defensora Pública Segunda Suplente en materia agraria, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 114.643. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, de lo esgrimido anteriormente se acuerda otorgar TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE al ciudadano identificado anteriormente, sobre las bienhechu.....